"En cada detalle, protocolo; en cada evento, excelencia".
Atribuciones
													El Reglamento Orgánico Funcional de la Asamblea Nacional en su artículo 35 otorga a la Coordinación General de Protocolo las siguientes atribuciones y responsabilidades:
- Planificar, coordinar, organizar, y/o brindar apoyo protocolar durante el desarrollo de sesiones solemnes, eventos, actos y ceremonias oficiales e internacionales, que realice o patrocine La Asamblea Nacional dentro y fuera del país;
 - Liderar la organización , coordinación y desarrollo de la posesión del Presidente (a) y del Vicepresidente (a) de la República;
 - Liderar la organización, coordinación y desarrollo del Informe Anual del Presidente (a) de la República;
 - Brindar asesoría, apoyo protocolar y/o acompañar al Presidente (a) de la Asamblea Nacional en los actos, eventos, ceremonias y reuniones que participe, velando que se cumplan las normal protocolares y de imagen correspondientes a su investidura, dentro y fuera del país;
 - Brindar asesoría y apoyo protocolar a Autoridades y Asambleístas;
 - Brindar asistencia protocolar, logística y de gestión dentro y fuera del país a las autoridades y asambleístas en los actos, eventos, ceremonias y reuniones que participen, en aquellos casos que la Máxima Autoridad autorice;
 - Determinar las necesidades y los requerimientos de logística y protocolo para el desarrollo de eventos, actos y ceremonias oficiales, que realice o patrocine la Asamblea Nacional, dentro y fuera del país;
 - Coordinar con las áreas administrativas a fin de prever las necesidades de bienes y servicios para el desarrollo de eventos, actos y ceremonias oficiales, que realice o patrocine la Asamblea Nacional, dentro y fuera del país;
 - Coordinar las relaciones interinstitucionales para la gestión protocolar;
 - Capacitar en temas protocolarios y ceremoniales a Asambleístas y personal legislativo;
 - Cumplir con las demás que establezca la normativa vigente, las disposiciones y delegaciones de la autoridad competente.
 
Adicional a las funciones contempladas en el Reglamento Orgánico Funcional, La Coordinación General de Protocolo conforme con el artículo 5 del Reglamento de Protocolo está facultada a:
- En el caso de necesidad de personal de apoyo en la gestión protocolar se debe acordar con la Coordinación General de Talento Humano.
 - Determinar con las áreas administrativas correspondientes las necesidades de recursos materiales y logísticos, para la organización y desarrollo de eventos, actos y ceremonias.
 - Elaborar o modificar procedimientos y normas protocolares con el fin de adaptar el ceremonial a los requerimientos de logística, espacio y otros.
 - Resolver controversias y dudas que pudieran surgir en la aplicación del presente instrumento, durante la planificación, coordinación, organización y desarrollo de eventos, actos y ceremonias, oficiales o sociales.
 - Otras, dispuestas por el Presidente/a de la Asamblea Nacional.
 
